El Departamento de Medio Ambiente ha remitido esta semana al Parlamento Vasco el contenido de la auditoria externa que encargó el pasado mes de abril sobre el vertedero de residuos industriales no peligrosos de Zaldibar (Bizkaia) operado por la empresa Verter Recycling 2002 SL, que el 6 de febrero sufrió un importante deslizamiento que causó la muerte a dos personas y graves afecciones ambientales.
El informe de la consultora británica Ricardo Energy & Environment concluye que tanto las condiciones establecidas para el funcionamiento del vertedero en la Autorización Ambiental Integrada (AAI) como el seguimiento y control de las mismas por parte del Departamento de Medio Ambiente se ajustó a las directivas europeas que regulan estas instalaciones y al resto de normativa aplicable.
El informe se enviará también al Juzgado de Durango que investiga el caso y a la Ertzaintza, tal como se ha hecho con toda la documentación relevante en manos del Departamento, así como al comisario de Medio Ambiente de la Comisión Europea, Virginijus Sinkevičius.
Para la realización del informe, que tiene 50 páginas de extensión, Ricardo Energy & Environment ha analizado el contenido de la Autorización Ambiental Integrada concedida a Verter Recycling en junio de 2007, así como la resolución de marzo de 2011 que permitió el inicio de la actividad del vertedero, y las de septiembre de 2013 y noviembre de 2016 que modificaron algunos aspectos de la AAI original.
En lo que respecta al análisis de la Autorización Ambiental concedida a Verter Recycling, una vez contrastadas las condiciones fijadas con el marco legislativo exigible, la auditoria determina que la AAI del vertedero de Zaldibar cumple con todos los requerimientos legales. Únicamente hace la matización menor de que la autorización debería haber fijado requisitos para el “uso eficiente de la energía” y unos límites más precisos para las “emisiones difusas de contaminantes” destinados a evitar la emisión de polvo al aire.
En cuanto al segundo aspecto, es decir, si las actividades del vertedero han sido convenientemente controladas conforme a lo que marca la legislación y la AAI por parte del Departamento de Medio Ambiente, los auditores de la consultora británica confirman que ha existido un control efectivo de la instalación por parte de la Administración ambiental.
Se ha identificado una no conformidad, calificada por la consultora de tipo menor, en la inspección y control de la instalación, consistente en que el Plan de Inspección y Control no dispone de un registro que detalle cuáles son las empresas sometidas al Plan. Sin embargo, destacan que es un asunto que no tiene consecuencias para el seguimiento y control realizado sobre el vertedero de Zaldibar.
Si bien el vertedero de Zaldibar fue objeto de siete inspecciones –cuatro de seguimiento y tres genéricas- en sus nueve años de actividad, la firma auditora aporta alguna sugerencia de mejora en este capítulo. Por ejemplo, que la frecuencia de las inspecciones se establezcan de una manera más flexible en instalaciones como el vertedero de Zaldibar, mejor que fijar plazos de 1, 2 o 3 años en función de la valoración del riesgo, aumentando para ello la frecuencia de inspección; o que se concrete en todos los planes aplicables la obligación, en el caso de detectarse incumplimientos graves, de realizar una visita adicional de comprobación dentro de los seis meses siguientes, como ya se recoge en el Procedimiento para la inspección programada de Actividades IPPC del Departamento.
Tras estas observaciones Ricardo Energy & Environment aprecia que las inspecciones realizadas están bien estructuradas y son minuciosas.
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