La Ordenanza de viviendas turísticas del Ayuntamiento donostiarra ha sufrido un varapalo de la mano del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. La sentencia que responde a una demanda de la Asociación Anfitriones Basque Country Hosts indica que el artículo 8.4 del Plan General que se utilizó para desarrollar la ordenanza queda anulado en parte. Y tal y como ha explicado el alcalde Eneko Goia con dicho artículo cae también la ordenanza.
El alcalde ha recordado que la sentencia es recurrible ante el Supremo y también que el Ayuntamiento trabaja en una «inminente» reforma del plan general, por la cual éste quedará ‘en sintonía’ con la ordenanza. Pero también ha reconocido que la sentencia, si bien no entra en el fondo de la Ordenanza de viviendas turísticas, no resulta nada favorable a los intereses del Ayuntamiento.
Paradójicamente el artículo que elimina el TSJPV tiene 25 años, ya que lleva vigente en el plan general desde 1995.
«Esta sentencia es diferente respecto a otras porque afecta al plan general, no a la ordenanza. Y en diez años de vigencia el plan general nunca se había puesto en duda el articulo citado», ha explicado Goia.
Como la sentencia no es firme, la Ordenanza sigue en vigor.
En lo que se refiere al artículo 8.4 del Plan general que el TSJPV pone en cuestión, concretamente el tribunal declara nulo el último párrafo. Éste señalaba que “las ordenanzas municipales mencionadas en el anterior artículo podrán reajustar y complementar dichas sistematización y regulación, siempre que la misma se adecúe a los parámetros establecidos a ese respecto en el planeamiento urbanístico y contribuya a una más clara y precisa exposición del régimen de regulación de los usos urbanísticos”.
Más información en el enlace: «EH Bildu advirtió de que una ordenanza no puede entrar a regular usos urbanísticos»
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