(EFE). El Tribunal Superior de Justicia (TSJPV) del País Vasco ha dictado una sentencia que acaba con la obligatoriedad de que los menores de 13 años deban practicar deporte escolar en sus centros para poder inscribirse en clubes deportivos, un requisito impuesto únicamente en Gipuzkoa.
La sección tercera de Contencioso Administrativo declara «nulos de pleno derecho» varios puntos de distintas normas forales que regulan el deporte escolar y la actividad física de los menores de Gipuzkoa, tal y como establece una sentencia a la que ha tenido acceso EFE.
También deja sin efecto la resolución de la Directora de Deportes del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa, de 10 de agosto de 2023, que regula el deporte escolar en la temporada 2023-2024.
Esta cuestión ha sido objeto de polémica y protestas por parte de los padres y los clubes deportivos del territorio desde hace décadas y, por primera vez, una familia ha recurrido a los tribunales para cuestionar la obligatoriedad impuesta por la Diputación
El programa de multideporte de Gipuzkoa está orientado a proteger los deportes minoritarios y dar la oportunidad a los escolares de probar diferentes disciplinas antes de decidirse por una en concreto, pero establece la obligatoriedad de participar en estas actividades polideportivas en los colegios como requisito indispensable para poder formar parte de un club.
Una familia de Pasaia, que había inscrito a sus dos hijas en un club de baloncesto, decidió combatir esta obligatoriedad y presentó un recurso contencioso administrativo hasta lograr que el TSJPV les diera la razón al reconocer «el derecho de las dos niñas a inscribirse en la unidad de iniciación deportiva -club o escuela formativa- que deseen, sin necesidad de participar en el programa polideportivo de su centro escolar».
Los recurrentes apelaron a la Ley Vasca del Deporte, que refleja que entre los 6 y los 12 años «se garantizará una actividad física lúdica y polideportiva» y el TSJPV interpreta en su sentencia que esta norma garantiza la oferta de multideporte «pero en modo alguno la impone», tal como ha hecho la Diputación en las últimas décadas.
La sentencia admite el argumento de la Diputación respecto a «los riesgos de una precoz especialización y de la persecución de la protección del desarrollo educativo integral del menor a través del deporte», pero entiende que «no puede en modo alguno obviarse tampoco las elecciones y preferencias de los menores en el desarrollo de la práctica deportiva».
La sentencia considera que la obligatoriedad de practicar deporte escolar es «contraria a derecho y atenta contra el derecho individual de los menores, al condicionar sus actividades de enseñanzas deportivas».
«En el ámbito de la libertad individual, debe de primar el derecho de la práctica del deporte de forma libre, considerando que la obligatoria polideportividad por la que se opta es contraria al espíritu de la Ley», sostiene el fallo.
La resolución destaca que en Bizkaia y Álava no existe la obligatoriedad de hacer deporte escolar para poderse inscribir en un club, ya que siguen «un modelo de polideportividad preferente, pero en ningún caso obligatorio».
Este modelo obligatorio fue rechazado en 2016 por el Ararteko, que emitió una recomendación en el mismo sentido que la sentencia del TSJPV tras la queja de un padre de Errenteria, cuyo hijo de 8 años practicaba fútbol y judo, a pesar de lo cual la Diputación le obligaba a hacer deporte escolar bajo la amenaza de no poder seguir en el club de fútbol en el que deseaba jugar.
En aquel momento, por iniciativa de Podemos, las Juntas de Gipuzkoa instaron a la Diputación a que revisase el modelo para hacerlo «menos impositivo», y el responsable de Deportes en aquel momento, el socialista Denis Itxaso, se abrió a constituir una comisión de estudios para flexiblizar el modelo.
Sin embargo, la Diputación mantuvo la obligatoriedad de que los chavales hicieran deporte en el colegio como requisito indispensable para poder inscribirse en clubes deportivos.
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