(EFE). El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vitoria ha suspendido de forma cautelar la adjudicación de los puestos de amarre para embarcaciones de recreo realizada en el marco de la reordenación de estas plazas en el puerto de San Sebastián.
En una sentencia adelantada por Noticias de Gipuzkoa y a la que ha tenido acceso EFE, este juzgado suspende cautelarmente la orden de la Consejería de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco que el 27 de mayo de 2022 resolvió la convocatoria de concesiones de estas plazas en la dársena deportiva donostiarra.
Ahora, sin entrar en el fondo del asunto, la resolución del Juzgado de Vitoria admite una petición de cuatro usuarios del muelle que habían disfrutado «desde hace décadas de plazas de amarre», pero que al no obtener luego puestos en la última reordenación han recurrido las nuevas concesiones ante los tribunales.
Situación original
De esta manera, el texto judicial retrotrae la coyuntura en el muelle donostiarra a la situación original «existente hasta el momento de realizarse la adjudicación» recurrida, con lo que los cuatro afectados podrán mantener sus plazas históricas mientras prosigue la vía judicial.
La sentencia argumenta para ello que, si se priva a los recurrentes de sus atraques y finalmente una sentencia estima sus pretensiones, todos ellos «se habrían visto privados del uso del derecho de amarre durante los años que dure la tramitación del procedimiento judicial» hasta que éste adquiera «firmeza».
«Esa pérdida de uso no es reparable porque el período de tiempo no es recuperable en modo alguno», añade el documento, que también alerta de posibles consecuencias «perjudiciales» para los recurrentes, que podrían «verse obligados a deshacerse de sus embarcaciones» al «no poder optar a un embarque alternativo» o al «no poder afrontar los gastos de desplazar las embarcaciones «hasta un dique seco y mantenerlas en él».
Privados de amarres
«De manera particular, cabe significar que los gastos de desplazar las embarcaciones o el perjuicio derivado de tener que desembarazarse de ellas» sí podrían ser «indemnizables», si bien la privación del «goce y disfrute» de las embarcaciones durante los años en los que los afectados podrían verse privados de los amarres «nunca podría restituirse por reparación ‘in natura'», describe la sentencia.
De forma paralela a esta vía Contencioso-Adeministrativa, la polémica suscitada por el proceso adjudicación de los nuevos amarres del muelle donostiarra mantiene una derivada en la vía Penal, donde otro de los usuarios de la dársela ha presentado una querella por la posible comisión en este proceso de distintos delitos de prevaricación, coacciones y acoso.
Proceso de licitación
En el marco de esta querella, el Juzgado de Instrucción número 2 de San Sebastián ya ha tomado declaración en calidad de investigada a la directora de EKP, Edurne Egaña, a la que este usuario del puerto acusa de «arbitrariedad» en el proceso de licitación de los amarres, que considera una «chapuza» que «se ha ido tapando paulatinamente» con otras «sucesivas chapuzas», además de «con acciones y omisiones que tienen apariencia contraria al Código Penal».
Tras su declaración en este juzgado el pasado 12 de diciembre, Egaña negó, en declaraciones a EFE, haber incurrido en «cualquier tipo de irregularidades» penales en la reordenación de estos amarres porque, según insistió, «no las ha habido».
Un día después, la consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, Arantxa Tapia, sí reconoció no obstante que en el proceso administrativo de la adjudicación de los puestos se pudieron producir «algunos errores pero que fueron subsanados».
Deja un comentario