(EFE). Stop Desahucios ha demandado al Banco Santander por «incumplimiento» del código de buenas prácticas y ha advertido de que es un «aviso» para el resto de entidades bancarias.
La portavoz de la plataforma Rosa García ha hecho este anuncio este viernes durante el transcurso de una concentración celebrada ante una sucursal que el Banco Santander tiene en la avenida de la Libertad de San Sebastián para exigir una solución al caso de una familia donostiarra que se enfrenta a una demanda de desahucio.
Según informa Stop Desahucios en un comunicado, esta «familia vulnerable compró su vivienda en el barrio de Altza en plena burbuja inmobiliaria y pagó 245.000 euros por 45 metros cuadrados».
Explica que, posteriormente, «llegó la crisis económica y, al igual que miles de hipotecados, dejó de pagar las cuotas con el resultado de la incoación de la demanda de ejecución hipotecaria» que los bancos pueden interponer a partir de que «el deudor tenga 12 cuotas o más sin pagar para subastar la vivienda y desahuciarle».
No obstante, recuerda que el objetivo del Código de Buenas Prácticas Bancarias (CBPB) es «impedir que los hipotecados vulnerables o en situación precaria puedan ser desahuciados mediante la concesión de una carencia por cinco años».
Esta familia solicitó este mecanismo el pasado 22 de junio y, de nuevo, a través de burofax el 20 de septiembre, sin que, hasta el momento, el «banco haya respondido» pese a que tiene un plazo de un mes para hacerlo, señala Stop Desahucios.
Precisa que con esta carencia «se regulariza el préstamo hipotecario moroso y se obliga al banco a pedir en el juzgado el archivo de la demanda».
No obstante, asegura que el Banco Santander ha solicitado ya en un juzgado de San Sebastián «el nombramiento de un tasador para proceder a la subasta inmediata de la vivienda».
Stop Desahucios considera «incalificable» esta actuación que ha motivado que los abogados que colaboran con la plataforma hayan presentado una demanda contra la entidad por «incumplir» este código.
La plataforma pide al banco que «firme la carencia de cinco años solicitada por los afectados» y «archive la demanda de desahucio que pesa sobre la familia».
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