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Tribunales

Ocho meses de cárcel para Kote Cabezudo en su cuarta condena

El fotógrafo está investigado por distintos delitos de índole sexual y estafa a una veintena de modelos en diferentes causas abiertas en distintos juzgados

Día de la entrada en prisión de Kote Cabezudo, el 4 de mayo de 2018. Foto: Santiago Farizano

(EFE). El fotógrafo donostiarra Kote Cabezudo ha sido condenado este martes a ocho meses de cárcel por desobediencia a la autoridad en la que hasta ahora es la cuarta condena en su contra dictada por distintos juzgados de San Sebastián.

Junto a esta última sentencia que aún puede ser recurrida, por el momento Cabezudo ha sido condenado en firme en dos ocasiones, mientras que otro fallo se encuentra apelado ante la Audiencia de Gipuzkoa.

El fotógrafo está investigado por distintos delitos de índole sexual y estafa a una veintena de modelos en diferentes causas abiertas en distintos juzgados de la capital guipuzcoana.

El asunto principal, iniciado en 2013 y en el que se halla procesado por la posible comisión de 47 delitos, varios de ellos contra la libertad sexual de sus víctimas, no tiene aún fecha para juicio.

De él penden numerosas piezas desgajadas por causas menores, una de las cuales corresponde a la sentencia conocida este martes, que además de la citada pena de prisión impone al acusado la obligación de compensar con 3.000 euros a una víctima.

Según esta resolución, a la que ha tenido acceso EFE, el caso se remonta a marzo de 2013, cuando Cabezudo subió una imagen de una chica menor de edad a una cuenta de una red social dedicada «a promocionar trabajos fotográficos de corte erótico» realizados por él mismo, «compartiéndola públicamente con el resto de usuarios».

El escrito judicial recuerda que con posterioridad a estos hechos, el 4 de julio de 2014, la Audiencia de Gipuzkoa ordenó al acusado «la retirada inmediata» de internet de todas las imágenes de sus presuntas víctimas.

Más tarde, el 25 de enero de 2017, el Juzgado de Instrucción número 4 de San Sebastián, requirió también al inculpado para que «procediera a la inmediata retirada de toda página web o perfil público de red social o cualesquiera similares» de todo el material fotográfico o videográfico que tuviera» de las víctimas.

No obstante, a pesar de estos dos mandatos judiciales y «del largo tiempo transcurrido, el 4 de mayo de 2018 la fotografía de la perjudicada seguía siendo públicamente accesible y visible en el perfil» de una red social del acusado, debido a su «inacción consciente».

La sentencia aclara además que Cabezudo era «perfecto conocedor de los mandatos judiciales, así como de las responsabilidades penales en las que podía incurrir en caso de desobediencia tras los apercibimientos correspondientes».

El texto señala asimismo que su víctima «presenta síntomas de angustia y ansiedad por los hechos denunciados, reclamando expresamente las acciones civiles y penales que pudieran corresponderle».

Junto a todos estos casos, el fotógrafo aún tiene pendiente la celebración un quinto juicio, por presuntamente desobedecer un mandato judicial de retirar imágenes de otra víctima, menor de edad, de su canal de Youtube, que fue aplazado el pasado 2 de marzo.

Además, el procesado tiene señalada una sexta vista para este mismo mes de abril, también por presuntamente incumplir el mandato judicial de borrar de internet imágenes de sus víctimas.


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