Los residentes que disponen del ‘Distintivo de Aparcamiento Regulado’ (Tarjeta OTA) de los sectores 1-1, 1-2 y 2-1 podrán estacionar sus vehículos en cualquiera de las zonas de aparcamiento regulado en las mismas condiciones que los titulares de la viñeta OTA del sector de destino.
Esta medida comienza el 16 de agosto y será efectiva hasta el 27 de septiembre, ambos incluidos, con motivo de la celebración de distintos eventos veraniegos.
No obstante estos residentes no podrán estacionar de forma gratuita en las zonas de pago obligatorio (zonas 15) dentro del horario de regulación establecido.
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