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La ordenanza de pisos turísticos supondría pérdidas de 54 millones y la destrucción de 337 empleos según Aparture

Si la ordenanza de viviendas turísticas que tramita el Ayuntamiento entrase en vigor dejaría fuera de ordenación a más del

El representante de Aparture Asier Pereda el pasado 9 de octubre en el Ayuntamiento. Foto: Santiago Farizano

Si la ordenanza de viviendas turísticas que tramita el Ayuntamiento entrase en vigor dejaría fuera de ordenación a más del 50% de la oferta reglada, «lo que supondría un auténtico drama para el sector del alojamiento reglado en particular y para la economía de San Sebastián en general», han expresado esta mañana desde Aparture, la asociación que gestiona las viviendas turísticas. Según ésta el censo ha crecido hasta 1.200 viviendas registradas en San Sebastián. «En consecuencia, el impacto económico del censo actual sería de 108,5 millones y 270 empleos directos. Si sumamos el empleo indirecto y el inducido, la cifra podría superar los 675 empleos. El proyecto de ordenanza tendría en consecuencia un impacto negativo de 54,25 millones de euros anuales en San Sebastián y destruiría 135 empleos directos. Si sumamos el empleo indirecto e inducido, la destrucción de empleo total podría superar los 337 puestos de trabajo».
Aparture va a presentar un total de 19 alegaciones a la ordenanza «con el fin de minimizar los efectos negativos que acarrearía la entrada en vigor» y que resume, entre otros puntos, en que las viviendas de uso turístico se encuentran expresamente reguladas por la vigente Ley 13/2016, de 28 de julio de Turismo del País Vasco «y por lo tanto resulta falso que no haya habido una regulación turística adecuada».
También considera Aparture que el Proyecto no justifica los criterios o parámetros empleados para delimitar las áreas que define, respectivamente, como Zonas A, B y C. «No se aportan elementos de comparación que permita diferenciar aquellas zonas de las denominadas como de alta demanda (Zonas B), ni de las denominadas zonas con posibilidad de incremento de oferta de alojamiento turístico (Zonas C)”.
Aparture incide además en que el texto de la normativa habla de “proporcionalidad” a la hora de diferenciar las zonas “saturadas” sin establecer ningún criterio o parámetro que defina la mencionada saturación y también en que el proyecto discrimina a unos propietarios en relación al resto invocando un “canon de necesidad” cuando no se acreditan en modo objetivo alguno las “razones de interés general”, que justifiquen el establecimiento de la “zonificación” de la ciudad.
Denuncia Aparture que si el Proyecto imposibilita que se ejerza la actividad en más del 50% de las viviendas ya inscritas en el Registro de Turismo, esto pone de manifiesto el «nulo respeto» al “principio de proporcionalidad”, ya que no se constata la existencia de otras medidas que resultarían menos restrictivas que la zonificación, asimilando en todos los casos el uso viviendas turísticas al uso terciario hotelero.
Para Aparture el Proyecto vulnera el “principio de eficiencia”, al establecer cargas administrativas innecesarias, por ejemplo, con la pretendida asimilación del uso viviendas turísticas al “uso terciario hotelero”.


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