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Tribunales

La Diputación reconoció una discapacidad del 78 % a la acusada de matar a Aintzane Pujana

La defensa de la mujer, autora confesa de las cuchilladas, mantiene que actuó afectada por el trastorno límite de la personalidad que padece

Audiencia provincial. Foto: Santiago Farizano

(EFE). Un informe elaborado en 2019 por la Fundación Matía situó en un 78 % el grado de discapacidad de la acusada de matar a Aintzane Pujana cuando dos años antes del crimen su entorno intentó acceder a ayudas sociales al tiempo que trataba de conseguir la incapacitación legal de la joven.

Así lo ha puesto de relieve una psicóloga de esta fundación, que trabaja para la Diputación de Gipuzkoa, durante el juicio con jurado que se sigue en la Audiencia Provincial por la muerte a puñaladas de Aintzane Pujana en un agroturismo de Aizarnazabal en enero de 2021, tras negarse a prestar un servicio de índole sexual en Azpeitia.

En el banquillo de los acusados se sienta una pareja acusada de un delito de asesinato agravado, otro de detención ilegal y un tercero de mantener en la prostitución a una persona con uso de intimidación.

Los procesados siguen una estrategia de defensa enfrentada entre ellos. La mujer, autora confesa de las cuchilladas, mantiene que actuó afectada por el trastorno límite de la personalidad que padece y movida por el miedo insuperable a que el varón acabara con su vida en caso de no cumplir sus órdenes.

El hombre, por su parte, rechaza cualquier responsabilidad en la muerte de Pujana, en la que, según sostiene, la otra acusada le estaría incriminando de manera «falsa» en un «intento exculpatorio» de sí misma.

Trastorno mental

Al igual que sucedió ayer con la declaración de una psiquiatra de parte que informó al tribunal sobre el trastorno mental que padece la acusada, hoy la jornada del juicio ha girado sobre esta misma enfermedad, con el testimonio prestado por tres profesionales de la salud mental.

A la declaración de la citada trabajadora de la Fundación Matía le ha precedido el testimonio de la psicóloga de la prisión Madrid 1 en la que la inculpada estuvo recluida un año y medio, quien ha asegurado que la procesada no es «agresiva» ni «violenta», a pesar de lo cual se veía envuelta en «conflictos» con otras reclusas debido a su personalidad «rebelde» y a sus «dificultades» para «aceptar las normas».

Ha explicado, en este sentido, que la acusada es una persona que busca «protección», «cariño» y alguien que esté «a su lado» pendiente de ella, lo que en el contexto de una prisión le llevaba a establecer relaciones que suelen ser «instrumentales», ya que hay personas que buscan beneficiarse de la situación para conseguir por ejemplo «algún tipo de recompensa en el economato».

Esta profesional ha admitido por otra parte que los distintos traslados de centro penitenciario que ha sufrido la encausada desde que está encarcelada se han realizado para evitar «problemas mayores» y han estado asociados a estas relaciones «tóxicas» y a problemas de «adaptación».

El bien y el mal

Ha precisado también que, aunque la acusada sabe diferenciar entre «el bien y el mal», en los momentos en los que la sufre una «ansiedad» emocional que «no sabe controlar» puede realizar una conducta que ella cree que «va a bajar esa tensión», pensando que las consecuencias serán «menores» a la «gratificación» que recibe en ese momento concreto, lo que le ha llevado en varias ocasiones a ser internada en «aislamiento» en la cárcel.

Por su parte la psiquiatra de Osakidetza que la trató cuando cumplió la mayoría de edad ha concretado que en aquel momento la acusada ya fue diagnosticada de un trastorno emocional de la personalidad de tipo «impulsivo» que le llevaba a actuar «sin tener en cuenta las consecuencias», además de tener una «ánimo inestable» y «poca capacidad de planificación», con una búsqueda de afecto «a toda costa y sin llegar a valorar «los riesgos en los que ella misma se colocaba» con esa conducta, en una situación agravada por «el consumo de tóxicos».

Está previsto que el juicio continúe mañana con la declaración de dos testigos y la práctica de la prueba documental, al término de la cual, en caso de que los plazos temporales lo permitan, declararían los dos acusados, quienes pidieron al inicio de la vista testificar en último lugar.


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