(EFE). La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha rechazado visualizar previamente a su emisión el documental en el que el periodista Jordi Évole entrevista al exjefe de ETA José Antonio Urrutikoetxea, Josu Ternera, al estar amparado por la libertad de prensa, que «no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa».
El ministerio público ha incoado diligencias de investigación para responder a la petición que la asociación de víctimas Dignidad y Justicia le formuló en relación al documental, y las ha archivado automáticamente por no ser los hechos denunciados constitutivos de delito.
Dignidad y Justicia solicitó a la Fiscalía que viese el documental para analizar si su proyección en el Festival Internacional de Cine de San Sebastián y su posterior emisión en Netflix puede suponer delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a sus víctimas.
Lo rechaza el ministerio público, que explica en su decreto que la Constitución reconoce y protege «el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones» y «el derecho a la producción y creación literaria».
«El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa y solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial», sostiene la Fiscalía.
Y subraya que, la posible limitación de ese derecho a la libertad de prensa, «en ningún caso puede basarse en hipótesis o suposiciones de la comisión de un determinado delito, careciéndose de indicio alguno que lleve a tal conclusión, tratándose de una investigación prospectiva basada en las circunstancias de la persona entrevistada».
La proyección de este documental ha sido muy criticada por víctimas del terrorismo, sindicatos policiales y asociaciones de guardias civiles, que consideran que su emisión muestra la debilidad del Estado de Derecho, pues donde debería comparecer un etarra es ante la Justicia y no en un plató lanzando «monsergas».
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