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Ayuntamiento de Donostia

La concesionaria de La Bretxa deberá desalojar las instalaciones en el plazo máximo de tres meses

El Ayuntamiento declara la caducidad de la concesión e inicia el procedimiento para la determinación de los daños y perjucios causados por la la empresa

Archivo. Edificio Pescadería y mercado. Foto: Santiago Farizano

El Ayuntamiento de Donostia continúa con los trámites para la resolución del contrato de concesión del Mercado de La Bretxa, una vez recibido el dictamen por parte de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi (COJUA) el pasado 24 de mayo. El Consistorio ha informado en un comunicado de que la concesionaria deberá desalojar las instalaciones en el plazo máximo de tres meses.

En una Junta de Gobierno Local extraordinaria que tendrá lugar este mismo jueves se prevé aprobar diversos procedimientos «para poner solución a los problemas causados por el incumplimiento de obligaciones esenciales del contrato” por parte de la empresa concesionaria.

Eso incluye desestimar las alegaciones presentadas por los interesados y declarar la caducidad de la concesión. También iniciar el procedimiento para la valoración de la concesión a efectos de abonar la debida indemnización a la concesionaria en los términos fijados por la legalidad. Y comenzar el procedimiento para la determinación de los daños y perjuicios que la concesionaria ha causado al Ayuntamiento donostiarra.

Desalojo de las instalaciones

Además de los procedimientos mencionados, el Ayuntamiento ha acordado que la concesionaria deberá desalojar las instalaciones en el plazo máximo de tres meses que comienzan a contar desde la notificación del acuerdo. De no hacerlo así perderá el derecho de indemnización y se procederá a su lanzamiento.

En el acuerdo se establece que, hasta el momento de la entrega efectiva de los edificios y bienes afectos a la concesión, la concesionaria quedará obligada a mantener y abonar todos los servicios y suministros necesarios para asegurar la continuidad de las actividades allí desarrolladas y la seguridad de los edificios y personas usuarias.

Si la concesionaria no garantizara dichas medidas indispensables, el Ayuntamiento podrá intervenir garantizando la realización de dichas medidas con sus propios medios o a través de terceros contratados.

Respaldo Jurídico

Estos procedimientos se ponen en marcha «una vez realizado el trayecto legal pertinente», que tenía como preceptiva la intervención de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi al tratarse de un procedimiento de resolución contractual, con oposición por parte del contratista. Así pues se remitió la solicitud de dictamen a dicho órgano, con fecha 20 de marzo de 2024, junto con el expediente y la propuesta de resolución-informe de la Instructora.

Con fecha 24 de mayo de 2024 la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi ha hecho llegar al Ayuntamiento el Acuerdo en el que, previo análisis de las circunstancias concurrentes del caso, declara que la concesión es de naturaleza patrimonial, por lo que no debe ser dictaminada la caducidad por ese órgano, pero estima expresamente que «el Ayuntamiento puede finalizar el mismo adoptando la resolución que considere jurídicamente adecuada toda vez que se observa la correcta consecución de los trámites esenciales”. Más sobre La Bretxa, aquí. 


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