(EFE). El chófer de un transporte especial para personas con discapacidad ha sido condenado a un año de cárcel por su responsabilidad en la muerte de un anciano de 83 años, «gran dependiente», cuya silla de ruedas no ancló correctamente a los sistemas de fijación del autobús que conducía durante un traslado en Irun.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, en el juicio por estos hechos, celebrado el pasado mes de enero, el procesado reconoció los hechos y llegó a un acuerdo con la Fiscalía y la acusación particular por el que fue condenado a un año de prisión como autor de un delito de homicidio por imprudencia profesional grave.
Además de esta pena de cárcel, el hombre ha sido inhabilitado durante tres años para la conducción de vehículos dedicados al traslado de personas con movilidad reducida y a indemnizar a la familia del fallecido con 231.472, más los correspondientes intereses legales.
Centro de día
Los hechos sucedieron el 7 de marzo de 2018, día en el que el inculpado se encargó del traslado de los residentes del centro de día de una residencia de Irun hasta sus respectivos domicilios.
Entre otras funciones, el conductor ahora condenado se encargaba de manipular la plataforma elevadora de la que disponía el autocar para que los usuarios en sillas de ruedas pudieran acceder y bajar al vehículo.
De esta manera, debía bajar la plataforma, colocar encima al usuario «con la silla frenada» y subirla «suavemente» hasta el interior del vehículo, donde seguidamente tenía que «fijar los anclajes del autobús a la silla de ruedas» y que ésta quedara «frenada y anclada» al autocar.
Silla de ruedas
No obstante aquel día el inculpado omitió «las reglas de cuidado más elementales y, prescindiendo de las reglas de fijación de las sillas de ruedas» al vehículo, «no fijó uno de los sistemas de retención que anclaban las dos partes de la silla» del anciano ahora fallecido.
De esta manera, mientras el autobús circulaba por la calle Blaia-vía de la localidad fronteriza, «con un 11,82 % de pendiente», la silla de ruedas de la víctima «basculó y volcó hacia atrás», de tal forma que el perjudicado se golpeó la cabeza con la parte interior de las puertas traseras del vehículo».
Al darse cuenta de lo sucedido, el chófer paró el autocar, incorporó al anciano, lo colocó «correctamente» en el vehículo y lo trasladó a su domicilio, momento en el que también llegó allí una ambulancia medicalizada que finalmente condujo al damnificado al Hospital Donostia, donde ingresó con un traumatismo craneoencefálico.
Fractura con aplastamiento
La sentencia detalla que, en el momento de su ingreso en este centro, el herido ya «no movía las extremidades inferiores ni superiores» y que, tras la práctica de varias pruebas diagnósticas «se observó que tenía una fractura con aplastamiento» en las cervicales.
El hombre quedó en observación hasta que, dos horas después de su ingreso, sufrió una disminución del nivel de consciencia y, tras practicársele un TAC craneal, «entró en parada cardiorrespiratoria» sin responder a las maniobras de reanimación y falleció.
El informe definitivo de la autopsia aclaró que su fallecimiento respondió a «una muerte violenta de etiología médico legal accidental» debida a un «traumatismo craneocervical» que permite establecer una «relación directa» en el «ámbito estrictamente médico» entre la caída y «la causa de la muerte».
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