«Estimamos el recurso contencioso-admnistrativo 22/17 interpuesto (…) en representación del Comité Nacional del Transporte por Carretera frente a la norma foral 7/2016 del 15 de diciembre por la que se regula el canon de utilización de determinados tramos de las carreteras A-15 y N-1 del Territorio (…) que declaramos disconforme a derecho y anulamos». Así se expresa en su fallo el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco al anular los peajes para camiones establecidos por Diputación en las carreteras N-1 y A-15.
El fallo afirma entre otros puntos que el sistema «produce una discriminación indirecta del transporte de tránsito con origen y/o destino fuera de Gipuzkoa respeto del tráfico interior», debido tanto a los «tramos elegidos» para la instalación de los peajes como a «la extensión de su recorrido».
La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) en un plazo de 30 días, asume plenamente los argumentos de los demandantes y condena en costas a las Juntas Generales (JJGG) de Gipuzkoa y a la Diputación Foral de Gipuzkoa.
La Federación Nacional de Asociaciones del Transporte de España (Fenadismer) valora muy positivamente la referida sentencia al estimar los principales argumentos planteados por las asociaciones en su día en contra de dicha medida, «y confía en que las Administraciones públicas condenadas se abstengan de recurrir dicha resolución judicial en casación, al estar impecablemente fundamentada». En este sentido Fenadismer ha anunciado que llevará a cabo un análisis jurídico pormenorizado de las consecuencias de dicha sentencia a los efectos de posibilitar que todo el importe recaudado durante los 3 meses de vigencia del nuevo peaje pueda ser devuelto a los transportistas afectados por dicha medida ahora declarada ilegal.
El TSJPV falla contra los peajes para camiones implantados en la N1 y la A15
«Estimamos el recurso contencioso-admnistrativo 22/17 interpuesto (…) en representación del Comité Nacional del Transporte por Carretera frente a la norma
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