El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por los anteriores responsables de EH-Bildu en el Consorcio de Residuos, según ha informado la Diputación en una nota.
Esta resolución hace firme la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), el 12 de enero de 2018, en la que se decretaba la nulidad del acuerdo de rescisión adoptado en el Consorcio por los gestores de EH-Bildu, el 25 de noviembre de 2013, para rescindir el contrato firmado para la construcción, puesta en marcha y explotación del Centro de Gestión de Residuos de Gipuzkoa (CGRG), que incluía el primer proyecto de la incineradora. Este fallo confirma, a su vez, la decisión adoptada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo num. 1 de Donostia, que declaró nulo el acuerdo de rescisión.
La rescisión del citado contrato provocó que la Diputación Foral de Gipuzkoa se enfrentara a una indemnización de más de 8 millones de euros a los anteriores adjudicatarios, además de abonar los trabajos preparatorios realizados que supusieron otros tres millones. En este contexto y tal y como recalca la nota de la Diputación se perdió la financiación otorgada por el BEI y ha sido necesario hacer frente a otros costes derivados, «que han supuesto unas pérdidas acumuladas para GHK de más de 40 millones de euros».
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