El Tribunal Constitucional (TC), en una sentencia fechada el 28 de enero, declara “inconstitucional y nulo” un artículo de la Ley del Parlamento Vasco en materia medioambiental aprobada en 1998. Responde así a la cuestión planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dando cauce a una petición de la Diputación de Gipuzkoa.
El pronunciamiento tiene lugar en el marco del recurso interpuesto por GuraSOS en 2016 contra la autorización ambiental de la incineradora de Zubieta. Tal y como explica GuraSOS «la Diputación quería evitar el pronunciamiento del TSJPV sobre la ilegalidad de la autorización y para ello propuso negar a GuraSOS el derecho a recurrir«.
Pese a la decisión del TC se da la circunstancia de que GuraSOS podrá seguir ejerciendo la acción judicial. Y es que la Ley estatal que ha hecho prevalecer la Diputación exige a las asociaciones como requisito para recurrir en materia de medio ambiente tener dos años de antigüedad y hoy, no así en 2016, GuraSOS cumple ese requisito. La Ley vasca, por su parte, era más avanzada en cuanto a la democracia ambiental y permitía a cualquier persona recurrir sin ningún requisito.
«En 42 años de historia de la autonomía vasca, nunca antes una institución emanada del Estatuto de Gernika, la Diputación de Gipuzkoa en este caso, había procedido contra el autogobierno vasco, solicitando la inconstitucionalidad de una Ley aprobada por otra instancia institucional vasca, el Parlamento Vasco en este caso», expresa GuraSOS en un comunicado.
En las próximas semanas el TSJPV emitirá una sentencia declarando la inadmisibilidad del recurso interpuesto por GuraSOS hace casi 5 años.
En opinión de GuraSOS «la finalidad era ganar tiempo. Es obvio que lo han conseguido, aunque sea a consta de atacar a la democracia ambiental y el autogobierno. Pero estamos lejos de dar por finiquitada la cuestión. GuraSOS ya está preparando el recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El TC no ha querido entrar a valorar cuestiones de legalidad ordinaria, tal y como le pedía la Fiscalía General del Estado».
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