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El nuevo Reglamento de Donostia Kirola limita las cámaras o la publicidad alcohólica

El Pleno del Ayuntamiento de la capital gipuzkoana ha aprobado de forma inicial esta mañana el Reglamento de Servicios de

Imagen de archivo del polideportivo municipal de Bidebieta.

El Pleno del Ayuntamiento de la capital gipuzkoana ha aprobado de forma inicial esta mañana el Reglamento de Servicios de Donostia Kirola. Por ejemplo, recoge cuestiones que parecen básicas pero que antes no se contemplaban, como la prohibición de tomar fotos y vídeos en vestuarios o baños, o de la publicidad de bebidas de alta graduación en las instalaciones deportivas.

Este documento es el que regula los derechos y obligaciones de los usuarios, así como las normas generales y específicas de uso de cada uno de los espacios deportivos. El reglamento anterior era de 2017 pero, según el Consistorio, la entrada en vigor de nuevas leyes, «y la propia evolución de las demandas y usos sociales», hacían necesaria una revisión.

El nuevo reglamento recoge nuevos aspectos relativos a la protección de los datos personales y de la imagen de los usuarios de Donostia Kirola. Una de las cuestiones reguladas es el uso de cámaras fotográficas y/o de vídeo, ya que el uso general de esta tecnología no se ha dado hasta hace pocos años. Se prohíbe la utilización de estos dispositivos en vestuarios, baños, saunas y espacios similares, y en general todo uso de estas tecnologías que pueda dañar la intimidad de cualquier persona.

Otra de las novedades ha sido la incorporación de las disposiciones de la Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte a la regulación de las competiciones y exhibiciones deportivas que se realicen en instalaciones deportivas municipales. Lo mismo ocurre con las normativas vigentes en la normalización del uso del euskera y en las leyes para la igualdad.

Alcohol, poco; tabaco, nada
El Reglamento regula también el contenido de la publicidad en las instalaciones deportivas municipales y en los eventos en ellas organizadas. Así, prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas de más de 20º, que será total si el evento se dirige mayoritariamente a personas menores de edad. Asimismo, se prohíbe totalmente la publicidad del tabaco.

El reglamento regula también muchas otras cuestiones, como el derecho de las personas con dificultades en la movilidad de atención personalizada y preferente, la prohibición de impartir clases o realizar actividades lucrativas sin autorización, o la de exhibir pancartas ofensivas, violentas o de carácter racista o sexista.


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