(EFE). El juez Alejandro Abascal ha prohibido al exdirigente etarra Ignacio Miguel Gracia Arregui, Iñaki de Rentería, salir de España sin autorización mientras se investiga su responsabilidad en el asesinato del concejal del PP de San Sebastián Gregorio Ordóñez, después de que negase este lunes su participación.
En un auto, dictado tras tomarle declaración por videoconferencia desde los juzgados de San Sebastián y al que ha tenido acceso Efe este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional le obliga a entregar su pasaporte en el plazo de 24 horas, «y si carece de él, prohibición de obtener un nuevo pasaporte».
Además deberá designar un domicilio en España y un teléfono de contacto permanente, donde pueda ser notificado y citado, y le advierte de que el incumplimiento de estas medidas cautelares, y su incomparecencia a cualquier llamamiento judicial sin causa justificada, «podría suponer la revocación de esta situación de libertad y adoptar la más restrictiva de ingreso en prisión provisional».
El magistrado resuelve así la petición de medidas cautelares solicitadas por las acusaciones al término de la comparecencia de Miguel Gracia Arregui, quien «temporalmente formaba parte de la dirección terrorista en las fechas en que asesinaron al señor Ordóñez».
La declaración de Arregui se produce después de que varios agentes de la Guardia Civil ratificasen hace varias semanas el informe de inteligencia que dio pie a la reapertura de esta causa en 2015, que, además de contra Mikel Antza, se dirige también contra otros exdirigentes de ETA, como José Javier Arizcuren Ruiz, Kantauri; Julián Achurra Egurola, Pototo; y Juan Luis Aguirre Lete, Insuntza.
Tanto el PP como la acusación particular en nombre de su familia han reclamado para el ingreso en prisión provisional y sin fianza; por contra, no ha comparecido la acusación que ejerce el Ayuntamiento de San Sebastián en la causa por el atentado de Ordóñez.
Por su parte, Dignidad y Justicia y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) han pedido para él las mismas medidas que en diciembre pasado se le aplicaron a otro de los investigados, el exjefe de ETA Mikel Albisu, Antza: retirada del pasaporte y prohibición de salir de España.
La Fiscalía ha considerado suficiente la designación de un domicilio y que en caso de que no se encontrara en ese domicilio se le impusiesen comparecencias.
Finalmente, el juez, «ante la extraordinaria gravedad del delito que se imputa al encausado y las elevadas penas que pudieran imponerse», ha considerado que existe riesgo de que quiera «eludir la acción de la Justicia y ponerse fuera del alcance de este órgano instructor o del de enjuiciamiento», aunque antes «no lo haya hecho».
Por ello ha considerado pertinente imponerle las mismas medidas que a Mikel Antza, al que Sortu manifestó su apoyo cuando acudió también a declarar en diciembre a los juzgados de San Sebastián, lo que no se ha producido en la comparecencia este lunes de Gracia Arregui.
En cuanto a «la alegación que hace su defensa sobre la presencia más de cuarenta y cinco días en territorio nacional se configura únicamente como presupuesto formal para que resulte innecesario acudir a la vía extradicional para asegurar la presencia del imputado en el proceso», el juez entiende que no tiene nada que ver «con el hecho de que ahora, una vez practicado su interrogatorio y conocedor de su imputación formal y del avance de la instrucción sumarial, pretenda eludir la acción judicial». Por ello ha considerado «proporcionales e idóneas» las medidas acordadadas.
Miguel Gracia Arregui, Iñaki de Rentería, quien «temporalmente formaba parte de la dirección terrorista en las fechas en que asesinaron al señor Ordóñez», ha permanecido voluntariamente en el país durante más de 45 días desde que fue expulsado de Francia, de modo que, según la ley de extradición pasiva, su declaración puede practicarse sin necesidad de solicitar una ampliación de la entrega a las autoridades galas, según indicaba el juez en su auto.
No es el caso de los otros tres exdirigentes -actualmente en prisión- que se acogieron al principio de especialidad y a quienes Francia no acordó entregar por estos hechos.
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