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Tribunales

El crimen de Aizarnazabal, primera petición de prisión permanente en Gipuzkoa

Los procesados por la muerte de Aintzane Pujana, un hombre de 24 años y una mujer de 23, serán juzgados por un tribunal del jurado en una vista para la que aún no hay fecha

Concentración en el Ayuntamiento en repulsa por la muerte de Aintzane Pujana en enero de 2021. Foto: EH Bildu

(EFE). El apuñalamiento de la joven Aintzane Pujana, cuyo cadáver fue descubierto el 4 de enero de 2021 por unos operarios que trabajaban en una zona de matorrales cerca del río Urola a su paso por Aizarnazabal, será el primer crimen por el que la Fiscalía de Gipuzkoa pedirá prisión permanente revisable para los acusados.

Los procesados, un hombre de 24 años y una mujer de 23, que serán juzgados por un tribunal del jurado en una vista para la que aún no hay fecha, fueron detenidos el 12 de enero, días después del crimen, tras una minuciosa investigación de la Ertzaintza cuyas pesquisas permitieron reconstruir con gran detalle el incidente.

En su escrito de acusación provisional, al que ha tenido acceso EFE, el Ministerio Público les atribuye a ambos un delito de asesinato agravado, otro de detención ilegal y un tercero de mantener en la prostitución a una persona con uso de intimidación.

Según recoge el documento de la Fiscalía, la víctima ejercía la prostitución y era presuntamente «explotada» en «calidad de proxeneta» por el acusado varón.

Prisión

Por el primero de estos ilícitos la Fiscalía reclama la pena de prisión permanente revisable, mientras que por los otros dos pide penas que suman ocho años y medio de cárcel, además de una multa de 5.400 euros para cada uno de los inculpados.

Los hechos sucedieron el 1 de enero de 2021, cuando ambos procesados se encontraban junto a su víctima en el domicilio que todos ellos compartían en un agroturismo de Aizarnazabal cuando, poco antes de las 23 horas, recibieron una «solicitud» que requería «los servicios» de la víctima y que la chica «se negó a cumplir».

«Para vencer su resistencia -añade el documento-, el acusado arrebató» su perro a la perjudicada y se lo llevó al interior de un coche, haciéndole ver «tácitamente» que podría causar algún daño al animal o llevárselo del lugar.

Rechazo a prostituirse

Esta acción «surtió el resultado esperado» en la perjudicada que se subió al vehículo para dirigirse al lugar donde se encontraba el cliente, si bien al llegar al destino la mujer volvió a rechazar prostiturse, ante lo que el encausado le quitó los dos teléfonos móviles que portaba y la dejó «encerrada» en el coche en compañía de la otra procesada.

El texto de la Fiscalía señala que finalmente, «en represalia» por las negativas de la víctima, el varón condujo hasta una pista forestal, donde sacó del vehículo «por la fuerza» a la damnificada y pidió a la otra mujer que «la golpease en la cara», acción a consecuencia de la que la perjudicada sufrió la rotura de la nariz e inflamación en ambos ojos, además de algunas heridas en los brazos, resultado de sus «intentos de defenderse».

Posteriormente, el inculpado volvió a introducir a la agredida en el automóvil y todos ellos regresaron al agroturismo donde, para evitar que la chica los denunciara, la acusada cogió unas bridas y presuntamente le colocó una de ellas en el cuello.

El varón supuestamente tiró luego de ella, presionó en el cuello con los dos pulgares a la víctima y le cubrió la cabeza con una toalla, además de atarle las manos con otras bridas entre ambos.

Puñaladas

«Como quiera que los acusados fueron incapaces de comprobar si habían conseguido su objetivo de matarla», prosigue el documento, presuntamente le asestaron varias puñaladas en el cuerpo con un cuchillo de casi trece centímetros de hoja, sin que la agredida «pudiera defenderse».

La prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad prevista en el Código Penal y la más próxima a la cadena perpetua en Europa.

La figura sólo es aplicable a los delitos más graves en supuestos como que la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de edad, enfermedad o discapacidad; que el asesinato fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima, o que el delito se cometa por alguien que pertenezca a un grupo u organización criminal.

Los asesinatos múltiples, los perpetrados por terroristas, los cometidos contra el rey o el príncipe heredero, contra jefes de Estado extranjeros, además del genocidio y los crímenes de lesa humanidad con homicidio completan los supuestos de la prisión permanente revisable.

La pena acarrea el cumplimiento íntegro de entre 25 y 35 años de prisión, dependiendo del tipo del delito y si es uno o varios, a partir de lo cual se revisará la condena y si no se cumplen determinados requisitos para la libertad, el preso continuará en la cárcel.

Dos casos en Euskadi

Hasta el momento son dos los casos de prisión permanente revisable sentenciados ya en el País Vasco. El primero de ellos data de septiembre de 2018, cuando la Audiencia Provincial de Álava impuso esta pena a un hombre que asesinó a una bebé de 17 meses en 2016 en Vitoria, tras lanzarla por una ventana en la madrugada del 25 de enero de 2016.

El parricida intentó a su vez asesinar a la madre, una joven de 18 años a la que había conocido semanas antes a través de internet. En julio de 2019, el TS confirmó la condena.

Algo más de un año después, en diciembre de 2019 la Audiencia de Bizkaia condenó a prisión permanente revisable a una mujer que en enero de 2019 había matado a su hija de 9 años al intoxicarla con fármacos y asfixiarla en la vivienda familiar del barrio de Atxuri, en Bilbao. Su condena fuer ratificada luego tanto por el TSJPV como por el TS.


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