La Mancomunidad de Debagoiena ha sido condenada a la entrega de los residuos voluminosos al Consorcio de Residuos (GHK) para su tratamiento en la planta de Zubieta. Asimismo la sentencia condena a la Mancomunidad al pago de los perjuicios «que la no entrega de dicha fracción está ocasionando al Consorcio y al resto de Mancomunidades que lo componen».
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de San Sebastián, en sentencia del pasado 17 de enero, da la razón al Consorcio de Residuos de Gipuzkoa y condena a la Mancomunidad de Debagoiena a la entrega inmediata de los residuos de la fracción rechazo de residuos voluminosos para su valorización energética en la Planta de Valorización Energética del Complejo Medioambiental de Gipuzkoa. De igual forma condena a abonar al Consorcio la tarifa correspondiente y determina también la imposición de costas a la parte demandada.
La sentencia estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Consorcio de Residuos de Gipuzkoa y declara la obligación de la Mancomunidad de Debagoiena de entregar al Consorcio la totalidad de la fracción rechazo de los residuos voluminosos para su posterior tratamiento en las instalaciones de la incineradora de Zubieta.
Respecto a los «perjuicios» de que habla la sentencia, estos se concretarán en el importe que resulte de aplicar la tarifa vigente al número de toneladas que la Mancomunidad de Debagoiena haya destinado a vertedero desde el 25 de septiembre de 2020, fecha de requerimiento formal realizado por la Asamblea del Consorcio. La sentencia determina también la imposición de costas a la parte demandada.
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