Primer día con control en las fronteras y la imagen en el Puente de Santiago reflejaba que pocos se habían enterado de desde esta pasada medianoche sólo se permite la incursión en territorio nacional por vía terrestre a ciudadanos españoles, residentes en España, trabajadores transfronterizos y aquellos que acrediten, documentalmente, causas de fuerza mayor.
Algunos vecinos franceses han narrado que pasaban a comprar tabaco manteniendo sus hábitos pero han tenido que darse la vuelta ante las órdenes de los tres cuerpos de seguridad que controlan la frontera: Guardia Civil, Policía Nacional y Ertzaintza.
La misma imagen se ha dado en los otros accesos al Territorio gipuzkoano desde Francia.
Se activa de esta forma el artículo 28 del Código de Fronteras Schengen, que permite restablecer temporalmente los controles en las fronteras interiores en situaciones como la actual.
La resolución explica que las medidas adoptadas en el Real Decreto de estado de alarma para hacer frente al COVID-19 así como las decretadas, con el mismo fin, por otros Estados miembros de la Unión Europea y por terceros países, “conllevan directa o indirectamente serias restricciones de la movilidad dentro del propio territorio, a la entrada o a la salida”.
El restablecimiento de las fronteras terrestres se adopta ante la necesidad de “habilitar la posibilidad de restringir aquellos movimientos de personas que no vayan a poder tener continuidad hasta el punto de destino programado, bien por resultar incompatibles con las medidas adoptadas dentro del territorio español, bien por no ser posible su continuación en o hacia otros territorios”.
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