(EFE).- Dos empresarios han sido condenados este miércoles a seis meses de cárcel por explotar en San Sebastián a dos inmigrantes ucranianos «en situación de solicitud de asilo» a los que explotaron laboralmente «imponiéndoles» las condiciones que deseaban.
Los dos procesados, uno de ellos de nacionalidad española y otro de origen ucraniano, han reconocido los hechos durante la vista celebrada hoy en la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa y han llegado a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía.
De esta manera, el Ministerio Público, que inicialmente reclamaba un año y nueve meses de prisión y una multa de 6.300 euros para cada uno de ellos ha accedido a rebajar su petición de condena hasta los seis meses de cárcel y también ha disminuido la cuantía de la multa hasta los 720 euros como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores.
No obstante, los encausados no deberán cumplir la pena de prisión, ya que les ha sido suspendida por el tribunal con la condición de que no vuelvan a delinquir en los dos próximos años.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, al que ha tenido acceso EFE, los hechos sucedieron entre finales de 2020 y principios de 2021, después de que el inculpado de origen ucraniano ofreciera trabajo a sus compatriotas «con el acuerdo» del otro procesado.
El Ministerio Público aclara que los encausados propusieron a los damnificados «un contrato de trabajo con todas las garantías legales» como «permiso de trabajo, afiliación a la Seguridad Social» y «salario correspondiente a su actividad», a sabiendas de que las disposiciones legales en materia laboral «no se iban a cumplir».
El documento precisa que cuando, tras realizar los distintos trabajos asignados, los trabajadores reclamaban los salarios pactados y su regularización en la Seguridad Social, uno de los procesados les contestaba que «si seguían quejándose serían deportados», «aprovechándose de su situación de petición de asilo y de sus necesidades económicas«.
De esta manera, los afectados «nunca fueron afiliados a la Seguridad Social por la empresa contratante, a pesar de sus reclamaciones«, situación de la que, según la Fiscalía, era «asumida» y «conocida» por el otro encausado.
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