(EFE). Un vecino de Eibar que agredió sexualmente a sus dos sobrinas cuando las niñas tenían entre 3 y 12 años (a las que llegó a amenazar con una escopeta si contaban lo ocurrido), ha sido condenado a penas que suman catorce años y medio de cárcel.
En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa condena a este hombre como autor de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años, así como por un segundo delito de abuso sexual.
No obstante, le absuelve de otra serie de delitos que considera prescritos, la mayoría de ellos cometidos contra la mayor de las hermanas, que se llevan entre ellas diez años.
Asiduamente
La resolución judicial explica que, debido a su relación familiar, el procesado coincidía «asiduamente» con las niñas en casa de los abuelos, donde el hombre residió hasta 2003.
No obstante, debido a la diferencia de edad que existe entre ambas hermanas, representadas en este caso por la letrada Cristina Ramos, de la asociación Clara Campoamor, sólo acudieron juntas a dichas visitas durante dos o tres años.
El texto judicial explica que los abusos se cometieron en diferentes ocasiones en las que el procesado aprovechaba los momentos en los que se quedaba a solas con ellas o las llevaba a un garaje familiar para practicarles «tocamientos de manera habitual en sus partes íntimas».
Pornografía
Además, añade, era «frecuente» que les mostrase pornografía, «bien en la televisión que había en la vivienda o bien mediante la exhibición de material gráfico».
La sentencia relata cómo con la mayor de las niñas utilizó el pretexto de «un juego» para esconder figuritas debajo de la ropa de ambos con el fin de buscarlas luego y practicarle distintos tocamientos.
Cuando la menor se negaba a ir con él o a participar en este tipo de situaciones, el acusado «le decía que le iba a partir la cara y que iba a hacer daño a sus padres, llegando incluso a apuntarle con una escopeta que había en la vivienda», detalla el escrito judicial.
Miedo de gran magnitud
De esta manera, infundió a la menor «un miedo de tal magnitud que facilitaba la ejecución de sus actos al doblegar la limitada oposición de una niña de tan corta edad» a la que, con unos nueve años, le «obligó a ponerse un cinturón de castidad» en la tienda que regentaba, donde contaba también con una sección de artículos eróticos.
La resolución describe unos hechos similares respecto a la segunda hermana a la que tocaba los genitales para posteriormente masturbarse él mismo y en una oportunidad le introdujo un objeto en sus partes íntimas, mientras que en otra ocasión grabó planos de sus genitales con una videocámara, entre otros abusos.
Durante todo el tiempo que la pequeña acudió a la citada vivienda, los tocamientos por parte de su tío fueron «continuos», insiste el documento, al igual que las masturbaciones y felaciones que la pequeña tuvo que realizar al hombre y el «sexo oral» que éste practicaba con ella.
Daño a sus padres
En este contexto, cuando la menor expresaba «su negativa a realizar dichos actos», su familiar le decía que «iba a hacer daño a sus padres y a ella, llegando incluso a decirle que con la escopeta que había colgada en la vivienda familiar podía matarla a ella, a sus padres y a su hermana».
De esta manera -detalla el escrito- consiguió «vencer la posible oposición que mostraba la menor ante el temor que le infundía su tío».
La sentencia aún no es firme, ya que se pueden presentar un recurso de apelación en su contra ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en un plazo de diez días hábiles.
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