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Tribunales

Condenado por acoso a sus vecinos, a quienes llegó a toser en la puerta durante la covid

Las malas relaciones entre todos los implicados se remontan al menos a los años 90

(EFE). Cubos de agua contra su terraza, muñecos descolgados desde el balcón e insultos cotidianos protagonizaron el día a día de un matrimonio cuyo vecino ha sido condenado ahora por un acosar a estas personas, quienes durante la covid-19 llegaron a ver «horrorizadas por la mirilla» cómo el varón tosía aparatosamente en el pomo de su puerta.

«Todo ello en una época en la que aún no se sabían bien las formas de contagio de la covid-19, aunque sí sus consecuencias, sobre todo para la gente mayor», detalla la sentencia del caso en la que la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa condena ahora al acusador a abonar una multa de 2.400 euros.

El escrito judicial, que confirma parcialmente una resolución previa de un Juzgado de lo Penal de San Sebastián, también prohíbe al procesado comunicarse con sus víctimas y aproximarse a ellas durante un año y medio, y le obliga a compensarles con un total de 3.300 euros por los daños morales sufridos.

Las malas relaciones entre todos los implicados se remontan al menos a los años 90, si bien la situación entre el acosador, que vive en un segundo piso de un inmueble de una localidad guipuzcoana, y los perjudicados, que residen en la primera planta, fue a peor a partir de 2019.

Arrojaba agua

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, en ocasiones el encausado arrojaba agua a la terraza de su vecinos y descolgaba muñecos desde su balcón, lo que daba lugar a discusiones entre ellos.

Asimismo, «siempre que tenía ocasión», el acosador se dirigía a su vecina «con expresiones como cornuda y fea» y le refería que «su marido era un putero», incluso mientras la mujer caminaba por la calle en compañía de otros familiares.

Un episodio similar ocurrió en el rellano de la escalera del inmueble, cuando el hombre se refirió a los perjudicados en términos parecidos en presencia de otros vecinos.

A raíz de esta situación, la mujer acosada tuvo que someterse a un tratamiento por ansiedad y depresión, tras lo que el matrimonio trató de poner fin al conflicto mediante una medición vecinal que no llegó a ningún acuerdo concreto al declararse la pandemia de la covid-19, momento en el que tuvo lugar el episodio del pomo de la puerta.

Abolladuras, rayones y pinchazos

De forma paralela a estos incidentes, desde el año 2018 y hasta 2020 el turismo del matrimonio aparecía con «abolladuras, rayones y pinchazos» que los afectados sospechaban que «podían ser obra de su vecino» por lo que, «por consejo de la Ertzaintza», decidieron instalar una cámara dentro del coche «enfocando hacia la plaza de garaje» del encausado.

Esta cámara captó después «diversos sucesos» que motivaron que el acosador fuera condenado también en primera instancia por daños en el vehículo, si bien ahora la Audiencia de Gipuzkoa revoca esta condena al entender que la colocación de la cámara sin autorización judicial ni de la comunidad de propietarios «vulneró el derecho a la intimidad de los usuarios del garaje».

Entre otros argumentos, la Sección Primera se apoya para ello en jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la que entiende que «el garaje de una comunidad de vecinos es un espacio donde sus usuarios mantienen una legítima y razonable expectativa de privacidad, dado que se trata de un lugar cerrado» y «una propiedad privada de acceso restringido».

Una situación en la que «resulta razonable la expectativa de no ser escuchado u observado subrepticiamente por terceras personas, según el alto tribunal.


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