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Tribunales

Condenado a tres años por abusar de una niña de 9 años, amiga de su hija, en Arrasate

Las dos menores pernoctaban junto a otras dos pequeñas tras celebrar una fiesta de cumpleaños

(EFE). Un hombre ha sido condenado a tres años de cárcel por abusar de una niña de 9 años, amiga de su hija, a la que sometió a distintos tocamientos de índole sexual en una vivienda de Arrasate, donde las dos menores pernoctaban junto a otras dos pequeñas tras celebrar una fiesta de cumpleaños.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa considera al inculpado, que tenia 30 años cuando ocurrió el suceso, responsable de un delito de abusos sexuales por el que, además de la citada pena de prisión, le impone cinco años de libertad vigilada.

Asimismo, el hombre no podrá acercarse a la niña ni comunicarse con ella durante siete años y deberá compensarla por los daños morales sufridos con 6.000 euros, incrementados con los correspondientes intereses legales.

Según la resolución, los hechos se remontan al 30 de junio de 2017, cuando la hija del procesado acudió a una celebración de cumpleaños en un domicilio de Arrasate en la que también participaron la víctima, que ha sido representada en esta causa por la letrada Maribel Damián, y otras dos niñas más.

Ya de madrugada, pasadas las 3 horas, varios de los adultos que habían tomado parte en la fiesta, entre los que se encontraba el acusado, abandonaron la vivienda, donde se quedaron las niñas al cuidado de un familiar.

El texto judicial aclara que sobre las 4 horas el inculpado regresó a la vivienda, llamó al timbre y, tras acceder al domicilio, entró en el dormitorio donde pernoctaban las niñas y se acostó en la cama donde se encontraba la víctima y otra de las menores.

De esta manera, el inculpado se situó junto a la perjudicada, le practicó diversos tocamientos y «se colocó encima de ella», hasta que la pequeña «se despertó y comenzó a gritar», lo que despertó también a otra de las menores «e hizo que el acusado se marchara de la habitación».

Durante el juicio por estos hechos, celebrado el pasado 12 de diciembre, el procesado dijo no acordarse de nada de lo ocurrido porque aquel día se encontraba «muy mareado porque había bebido mucho» y ni siquiera sabía cómo había llegado al piso ni quién le abrió la puerta.

El hombre negó además haber practicado tocamiento alguno a la niña porque, según indicó, no se veía «capaz» de hacer algo así y «menos a una menor» y estando su hija presente.

No obstante, la sentencia del caso considera ahora que la versión de la víctima tiene total «fiabilidad» para condenar a este hombre, ya que el testimonio de la niña fue «claro, convincente y persistente» al relatar lo sucedido, sin que tuviera ningún «motivo espurio» en contra del hombre, además de contar con elementos periféricos que lo corroboran.

Por el contrario, destaca que las manifestaciones del acusado resultan «entendibles en términos de defensa» pero «no ofrecen fiabilidad» sobre lo sucedido.

La resolución condenatoria, que también inhabilita al hombre durante siete años para cualquier oficio o actividad que conlleve contacto con menores, no es firme, ya que es posible presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en un plazo de diez días.


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