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Tribunales

Condenado a 21 meses de prisión por estafar 30.000 euros a su pareja

Ante esta mujer, residente en Gipuzkoa, se hizo pasar por un empresario de éxito con importantes contactos en los Emiratos Árabes Unidos y en México

(EFE). La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a 21 meses de prisión al hombre acusado de estafar casi 30.000 euros a una mujer con la que mantuvo una relación sentimental durante un año haciéndose pasar por un empresario de éxito y cuyo relato adornó con mentiras sobre una dramática historia personal para «dar pena».

El procesado estaba también acusado de haber procedido de una manera similar y de forma simultánea con otra mujer, a la que habría estafado 4.749 euros pero que no compareció el juicio, celebrado en San Sebastián el pasado 6 de junio, ni a una vista anterior que fue suspendida por su inasistencia.

Este hecho ha llevado al tribunal, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso EFE, a absolver al imputado del delito de estafa en este segundo caso y a abrir una pieza separada de imposición de multa contra esta testigo, de nacionalidad italiana, que deberá explicar los motivos de su ausencia.

El hombre, que inicialmente se enfrentaba a una pena de doce años de cárcel por parte de la Fiscalía y la acusación particular, hizo creer a su pareja, con la que contactó a través de las redes sociales, que era un empresario de «alto standing» con importantes contactos en los Emiratos Árabes Unidos y en México.

La sala ha considerado probado que, mediante engaños, logró que la víctima, residente en Gipuzkoa, realizase durante meses numerosas operaciones económicas a su favor, desde transferencias bancarias a la compra de billetes de avión, que oscilaron entre los 12 euros y los 5.440, y que incluyeron la adquisición de un móvil Iphone por valor de 954 euros.

La mujer, en cuyo domicilio se alojaba el acusado cuando viajaba a Gipuzkoa y que ha sido representada por el letrado José Antonio Tuero, dijo que estaba enamorada de él y que fue accediendo a los deseos de su «pareja» creyendo que iba a devolverle lo prestado, pero que cuando ya no pudo entregarle más dinero, él rompió la relación y dejó de contestar a sus mensajes.

La denunciante reconoció que no interpuso la querella hasta que supo de la relación que el procesado mantenía a la vez con la ciudadana italiana y con otra mujer en México, con la que incluso planeaba casarse.

Por su parte, el condenado, que llegó a contar a la víctima que era adoptado y que había sufrido un accidente en el que casi pierde la vida, declaró en el juicio que lo que le había unido a la querellante era una relación profesional con vistas a poner en marcha negocios en el extranjero, pero que cuando quedaban «pasaba lo que pasaba».

Manifestó que, incluso, había arriesgado su vida para introducir una de las empresas ligadas a la mujer en Ciudad Juárez, y argumentó que todos los gastos que se habían generado durante ese tiempo eran fruto de sus gestiones empresariales.

Aseguró que la víctima se había querellado por venganza y que él no podía tener dinero en las cuentas en el extranjero porque la mujer italiana no le había abonado 570.000 euros que le debía y además le había robado un ordenador donde tenía pruebas de relevancia para defender su caso ante los tribunales.

Para la Audiencia de Gipuzkoa, el relato de la querellante en la vista oral fue «una repetición prácticamente mimética a la prestada en el Juzgado de Instrucción».

«Pero es que, no sólo es así, sino que, en su propia integridad es una declaración coherente, congruente y verosímilmente razonable«, señalan los jueces, que consideran que «reducir dicho acto de interposición de denuncia a la mera instrumentalización de una venganza resulta una conclusión extremadamente pueril».

«No parte en ningún momento de puras y simples generalidades. Y mantiene un relato lógico y no escaso en detalles que contribuye a confiar en la razonabilidad de su discurso», destacan.

Se preguntan, asimismo, que si el acusado limita la relación a «poco más que un negocio» cómo es posible «que no haya aportado nada en relación con tal relación comercial, ni facturas, ni contratos. Nada».

«Lo que no deja de llamar la atención es que el acusado no niegue los desplazamientos patrimoniales documentalmente acreditados en autos. Los justifica de manera peregrina. Encuentra su amparo en esa relación comercial que hemos calificado previamente de delirante. Pero no los niega», subrayan.

Añaden que esos traspasos de dinero de la víctima al procesado, «individualmente considerados, no son sino una muestra más de la incoherencia y endeblez de lo afirmado por el acusado frente a la versión de los hechos que ofrece la víctima en su declaración».

«En resumen, desde nuestro punto de vista la declaración de la perjudicada, por su razonabilidad, lógica y coherencia interna es prueba bastante de la estafa denunciada», remarcan.


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