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Tribunales

Condenada a 18 meses por estafar a un matrimonio de amigos con discapacidad

Engañó a la pareja para que la ayudaran a suscribir dos préstamos por un importe total de 45.000 euros de los que se apropió

(EFE). Una mujer ha sido condenada a 18 meses de cárcel por estafar a un matrimonio de amigos suyos, aquejados de una discapacidad mental, a los que engañó para que la ayudaran a suscribir dos préstamos por un importe total de 45.000 euros de los que se apropió.

En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa considera a la procesada responsable de un delito de estafa por el que, además de las citadas penas de prisión, le obliga a compensar a los afectados con las cantidades defraudadas.

La resolución explica que la procesada mantenía una relación de «íntima amistad» con las víctimas, representadas en este caso por el letrado Yosu Agote, ya que habitualmente todos ellos coincidían en el parque, donde jugaban sus hijos que tenían una edad similar, ademas de haber llegado a ir juntos de vacaciones en algunas oportunidades.

Una «relación de confianza» que la inculpada aprovechó para pedirles que la ayudaran «económicamente» haciéndoles creer que necesitaba dinero «para un puesto de comercio al por menor que tenía en el mercadillo de Irun y que ella iba a devolver el dinero».

La resolución aclara que le procesada actuó de esta manera a pesar de que conocía los «más que evidentes déficits» que padecía la pareja, a los que la inculpada «no era ajena» ya que pueden ser apreciados «por cualquier persona».

El texto judicial solicitó de esta manera en 2017 y en 2018 a los afectados que asumieran «las obligaciones que suponen firmar junto a ella dos contratos de préstamos» con dos entidades bancarias diferentes, por importe de 20.000 y 25.000 euros respectivamente.

En este punto, la sentencia critica la «evidente mala praxis bancaria» de una de estas dos entidades, «reconocida en el acto del juicio» por una de sus empleadas, y que tuvo lugar cuando se invitó a los comparecientes como prestatarios y no como prestarios-avalistas, «como parecía la intención de la acusada en un principio».

Finalmente, la encausada afrontó únicamente los primeros vencimientos de los prestamos y se apropió del resto del dinero «para sí».


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