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Tribunales

Condena al prestamista que estafó a 2 ancianas para quitarles sus pisos en Legazpi y Errenteria

Una de las mujeres ya ha fallecido

(EFE). Un prestamista que estafó a dos mujeres de avanzada edad, una de ellas ahora ya fallecida, para quedarse con sus viviendas en Legazpi y Errenteria cuando las víctimas no lograban devolverle el dinero que les concedió con unos intereses de demora del 30%, ha sido condenado este miércoles a dos años de cárcel.

Inicialmente el acusado se enfrentaba a una petición de ocho años y medio de prisión que la Fiscalía formulaba por dos delitos de estafa, así como al abono de varias multas y distintas compensaciones económicas para las damnificadas.

La acusación particular, que ejerce el letrado Joseba Salegi en representación de las mujeres, elevaba por su parte su petición de condena hasta los veinte años por dos delitos de estafa agravada en concurso ideal con otros dos de amenazas.

Acuerdo de conformidad

No obstante, durante el juicio por estos hechos celebrado hoy en la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa, el procesado ha llegado a un acuerdo de conformidad por el que ha reconocido lo sucedido y ha aceptado abonar las responsabilidades civiles pactadas, por lo que las acusaciones han accedido a aplicarle la atenuante muy cualificada de reparación del daño causado.

Para ello previamente se han declarado nulos los préstamos, los poderes, las daciones en pago y los contratos de alquiler suscritos entre el acusado y las víctimas, lo que finalmente les permitirá recuperar la propiedad de sus viviendas, aunque en el caso de la mujer fallecida serán sus hijos quienes lo hagan.

En paralelo y de forma extrajudicial, este acuerdo ha hecho posible además resarcir a una tercera víctima que no se encontraba inmersa en este procedimiento pero que en su momento también denunció al prestamista quien, tras quedarse con su vivienda en San Sebastián le había permitido residir en ella en régimen de alquiler.

No obstante el procesado accederá ahora a que esta perjudicada continúe residiendo de forma vitalicia en la residencia en régimen de cesión gratuita de uso, según han informado a EFE fuentes del caso.

Fruto de la conformidad, el tribunal ha accedido a suspender la condena de prisión impuesta al procesado con la condición de que no vuelva a delinquir en los dos próximos años y de que cumpla todos los acuerdos de indemnización y gastos ocasionados a las perjudicadas.

Intermediación

Según el escrito de acusación del Ministerio Público, al que ha tenido acceso EFE, el primero de los casos se remonta al año 2004, cuando una de las víctimas acudió a una empresa de intermediación financiera para obtener dinero con la que costear diversas reformas en su vivienda de Legazpi.

Esta entidad le puso en contacto con el acusado, con el que firmó un contrato por el que recibía 40.000 euros que debía devolver «sin intereses» en el plazo de un año, aunque en el caso de no hacerlo así «se devengarían unos intereses de demora del 30 % anual».

En paralelo, la mujer constituyó una hipoteca sobre su vivienda como «garantía del pago de los 40.000 euros, más tres años de intereses de demora al 30 % y 8.000 euros de costas y gastos».

La entrega del dinero del préstamo a la víctima se llevó a cabo en metálico, si bien «no consta» la cantidad que «realmente» ésta llegó a percibir.

Sin contacto con el estafador

Así las cosas, la víctima, que «desconocía» cualquier dato que le permitiera «ponerse en contacto» con el acusado, no devolvió el dinero ni en el primer año ni en los siguientes hasta que, «transcurridos casi cuatro años», el procesado regresó «para reclamarle el pago del préstamo».

La víctima, que «desconocía cuál era la cantidad exacta que le debía», comenzó a hacerle abonos mensuales de 500 euros que le entregó «en mano, hasta «una cantidad cercana a los 40.000 euros».

El 11 de noviembre de 2008, el encausado cedió el crédito a una empresa de su propiedad a cambio de 46.000 euros y seguidamente, «bajo la presión de que iba a quitarle la vivienda», convenció a la mujer para que firmara un nuevo documento con el fin de «solucionar el problema del pago de la deuda», a lo que ella accedió «ante el temor» de perder su casa.

De esta manera, el 23 de julio de 2015, la damnificada acudió a una notaría de San Sebastián donde suscribió la «dación de su vivienda al acusado» en pago de la deuda fijada «unilateralmente» por él mismo en 46.000 euros, la misma cantidad en la que valoró el domicilio, cuyo tasación real en esa fecha era de 90.300 euros.

Posteriormente, «con el fin de permanecer» en el domicilio, la víctima alquiló la vivienda a la empresa del acusado, «a cambio de una renta mensual de 500 euros», si bien sólo pudo abonar dos mensualidades «debido a su precaria situación económica» ya que sólo contaba con 815 euros de pensión.

En el segundo caso el procesado actuó de una manera similar con otra mujer con la que en septiembre de 2005 firmó un préstamo hipotecario bajo la garantía de su piso de Errenteria, tasado en 240.404 euros, a cambio de un préstamo de 55.000 euros y 11.000 euros para costas y gastos.


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