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Tribunales

Absuelto un acusado de besar a una niña en Bergara por «dudas fundadas» sobre su autoría

Fue el padre de la niña el que localizó al acusado en una parada de autobús gracias a la descripción que le facilitó su hija

(EFE). Un ciudadano argelino para el que la Fiscalía pedía tres años y medio de cárcel por rodear con sus brazos y besar en tres ocasiones sin su consentimiento a una niña de 13 años que caminaba por una calle de Bergara ha sido absuelto ante las «dudas fundadas» de su participación en los hechos.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial explica en su sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que «aún admitiendo la fiabilidad del relato ofrecido por la víctima», la identificación del autor de los hechos «presenta severas dudas» al tribunal.

Los hechos enjuiciados sucedieron sobre las 21.00 horas del 21 de noviembre de 2021, cuando la adolescente, que se dirigía a casa de su madre, fue abordada por un varón «de raza árabe, con barba» que llevaba una sudadera con un escudo de la Real Sociedad y que le pidió dinero para el autobús.

La víctima le respondió que no tenía dinero, momento en el que el hombre «comenzó a abrazarla» y le besó «en dos o tres ocasiones en la cara» mientras le decía «qué guapa eres», si bien la menor consiguió soltarse y escapar hasta que llegó al domicilio familiar.

«Debilidad probatoria»

A pesar de considerar probados estos hechos, la resolución judicial absuelve al acusado ante la «debilidad probatoria» existente en su contra, dadas las «severas dudas» existentes en torno a su identificación.

A este respecto, recuerda que fue el padre de la niña el que localizó al acusado en una parada de autobús gracias a la descripción que le facilitó su hija, basándose en que era un ciudadano magrebí que portaba una prenda con un escudo de la Real, pero sin que existiera «nada en relación a la barba ni a la altura» que también le había referido la niña.

Una vez en comisaría, el acusado fue fotografiado, sin que esta imagen conste ahora en las actuaciones judiciales, a pesar de que fue la imagen a partir de la cual la víctima identificó posteriormente al inculpado.

Identificación del acusado

«Es decir -prosigue el texto judicial-, que a la víctima no se le realizó, pudiendo hacerlo, un reconocimiento» sobre «un conjunto de fotografías de personas de similares características, raza árabe, barba blanca y algo corpulentos» a partir del cual hubiera podido eventualmente identificar al acusado.

La «fuerza policial actuante» tampoco practicó «ningún tipo de instrucción o investigación suplementaria para llegar a validar o refutar la primera identificación», detalla la sentencia, que también echa en falta una posterior rueda de «reconocimiento» durante la fase de instrucción.

En cuanto a la sudadera de la Real Sociedad que vestía el autor de los hechos, el tribunal recuerda que aquel día había partido de este equipo y que en las proximidades de la estación de autobuses había un bar «más o menos concurrido» en el que podía haber más personas que «portaran la misma indumentaria», incluso también de origen magrebí.

«Severas tachas de fiabilidad científica»

Por estos motivos, la resolución detecta «severas tachas de fiabilidad científica» en la diligencia de reconocimiento fotográfico, sin que tampoco existan otras «diligencias de investigación» y con una identificación realizada además a partir de rasgos «poco significativos».

«Todo ello -prosigue el escrito- arroja un ámbito de duda fundada en torno a la autoría del acusado sobre los hechos, que impide que pueda alcanzarse una convicción de culpabilidad en relación a los mismos».

«Ante este escenario de debilidad probatoria, entendemos que la presunción de inocencia del acusado no ha sido quebrantada, debiendo procederse al dictado de una sentencia absolutoria con todos los pronunciamientos favorables para el mismo», concluye el tribunal.


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