(EFE). El joven acusado de violar en 2019 a una menor de 17 años, aquejada de una discapacidad intelectual en una casa ocupada de la calle Moraza en Donostia, ha sido absuelto por la Audiencia de Gipuzkoa al entender que en el caso concurre «una duda fundada» ya que las evidencias «compadecen mal» con el relato de la víctima y «más bien sirven para descartarlo».
Inicialmente la Fiscalía de Gipuzkoa reclamaba una pena de trece años y medio de prisión para el procesado, un joven magrebí que por aquel entonces tenía 18 años y que durante el juicio celebrado el mes pasado en la Sección Primera negó categóricamente los hechos.
El Ministerio Público lo acusaba de haber conducido a la menor «contra su voluntad» a una casa ocupada, ubicada en la calle Moraza, donde tras cerrar con llave el candado de la puerta de la estancia en la que se encontraban la habría violado a pesar de que la víctima le dijo que «no quería».
No obstante la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, absuelve ahora al imputado, defendido en este caso por el letrado Jesús González de la Huebra, al considerar que «nos encontramos ante un claro supuesto de duda fundada» en el que «no cabe más que proceder» a un fallo absolutorio «con todos los pronunciamientos favorables».
Para ello recuerda que la víctima, cuyo testimonio constituía la «prueba de cargo fundamental» contra la presunción de inocencia del inculpado, padece una discapacidad del 37 % con «una importante limitación en el plano psíquico» y «un trastorno generalizado de desarrollo con repercusión en sus áreas afectiva y cognitiva»
Asimismo, se encuentra afectada por un «trastorno psicótico no orgánico» con episodios de «alteraciones sensoperceptivas» y «juicio de la realidad alterado en situaciones de ansiedad», junto con «fantasías de tipo sexual que le desbordan y se manifiestan con problemas de conducta».
El documento aclara que, a pesar de ello, su estado psicopatológico «no es perceptible externamente» y menos por sus «iguales» en los «primeros contactos o interacciones con la víctima», ya que «no presenta rasgos físicos externos de vulnerabilidad».
El escrito judicial hace hincapié también en que, cuando sucedieron los hechos, la chica era virgen y que, «tras los supuestos episodios de reiteradas penetraciones» que relató, «mantenía el himen íntegro», además de no tener «ningún tipo de signos, ni vestigios físicos» ni «ningún tipo de lesión» en las áreas genitales ni paragenitales.
«Nada consta o se ha corroborado tampoco sobre algún elemento o contexto de intimidación en el que pudiera haberse visto involucrada la menor», prosigue la sentencia, que incide en que tampoco consta que ella «verbalizara su oposición» al procesado, un extremo sobre el que la chica tampoco fue «clara» durante el juicio, sin descartar que «pudiera ser producto de una reelaboración posterior» de su «mente».
«Es más», sus actos «contradicen o más bien ponen en duda la verbalización de esa negativa», ya que tanto ella como el acusado acudieron juntos «de común acuerdo al piso ocupa» donde «mantuvieron una actitud cariñosa», tras lo que durante la noche «salieron a comprar comida» y volvieron a la habitación en la que durmieron.
A la mañana siguiente, volvieron a salir «en compañía de otro amigo» para desayunar, hasta la llegada de la Policía que encontró a la chica en un estado de aparente «normalidad» y de «cariño» hacia el acusado que «sólo se tornó en preocupación cuando se lo llevaron a comisaría».
El acta de inspección ocular de la casa ocupada permite además «descartar» que la menor fuera encerrada allí, como denunció en su momento, «con llave y candado», mientras que su examen físico posterior a los hechos «permite no considerar acreditada» las distintas penetraciones relatadas.
La resolución señala asimismo que la chica había conocido «escasas semanas previas» a los hechos denunciados al acusado, quien «sabía poco y mal castellano y que consideraba a la menor «una igual sin limitación alguna».
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