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Tribunales

4 años y medio para una mujer que estafó a un matrimonio que quedó al borde del desahucio

La procesada se aprovechó de la confianza de la pareja para hacer que "solicitara préstamos con garantía hipotecaria" sobres sus distintos bienes

Audiencia provincial. Foto: Santiago Farizano

(EFE). La Audiencia de Gipuzkoa ha impuesto cuatro años y medio de cárcel a una mujer que arruinó mediante una estafa a un matrimonio «con capacidad intelectual límite», «escasa escolarización» y dos hijos a su cargo, y que quedó al borde del desahucio y subsistiendo gracias a ayudas sociales tras el engaño.

El tribunal también anula el préstamo hipotecario que pesaba sobre el caserío de Astigarraga del que la pareja casi fue desahuciada, así como la venta de un segundo caserío en Altzo (ambas propiedades procedentes de las herencias de cada uno de los cónyuges), al tiempo que obliga a la procesada a reintegrar un total de 134.479 euros más los intereses legales, y a compensar al matrimonio con 40.000 euros por los daños morales sufridos.

No obstante, la resolución absuelve a la encausada, defendida por los letrados Javier Sánchez y Eneko Olano, de engañar a otra mujer a la que, según mantenía la Fiscalía, habría hecho creer que era «detective de investigación en inversiones» para ayudarla a recuperar un dinero que había depositado en un fondo de inversión de una agencia financiera con la que tenía un problema.

Escasa escolarización

Según el documento judicial, al que ha tenido acceso EFE, los hechos se iniciaron en el año 2004 cuando la procesada conoció al matrimonio, que «dada su escasa escolarización, aislamiento en el entorno rural en el que han residido» y su «capacidad intelectual límite», carece de «las aptitudes necesarias para una adecuada comprensión de actos patrimoniales, administrativos y jurídicos que revistan una mínima complejidad».

Un contexto en el que la mujer se aprovechó de la confianza de la pareja, representada por la abogada Pilar Zubiarrain, para hacer que «solicitara préstamos con garantía hipotecaria» sobres sus distintos bienes, si bien luego «se quedó con el dinero que habían recibido» asegurándoles que se lo reintegraría con ganancias, aunque «sin intención de devolverles ninguna de las cantidades recibidas».

De esta manera, la inculpada les embaucó para que, entre abril y octubre de 2007, solicitaran hasta seis préstamos hipotecarios a diferentes prestamistas tanto sobre el caserío de Altzo, propiedad del marido, como sobre el heredado por la mujer en Astigarraga, donde la familia residía junto unos hermanos de los cónyuges aquejados de distintas incapacidades.

Posteriormente, en una segunda etapa, «valiéndose de la situación de debilidad económica en la que las había situado», la acusada comenzó a exigir a sus víctimas que le entregaran «los ingresos procedentes de las pensiones de incapacidad» de sus hermanos, así como la transmisión de los inmuebles que aún no habían sido gravados por los prestamos.

En favor de sus hijos

En una de las operaciones, el 31 de octubre de 2007, los damnificados vendieron a la inculpada una parte del caserío de Altzo por un importe de 190.000 euros -a pesar de que la finca estaba tasada en 321.052 euros-, en la creencia de que finalmente el inmueble iba a ser inscrito «en favor de sus hijos» pequeños y que la cantidad entregada sería invertida «para obtener ganancias» para el matrimonio.

La sentencia detalla que en ocasiones la acusada les pedía además distintas cuantías «que oscilaban entre los 30 y los 100 euros, para «pagar al abogado y al juez» con el fin de que «no les quitaran la casa», a sabiendas de que esto «no era cierto», si bien entre 2012 y 2013 también llegaron a entregarle un total de 51.359 euros que provenían de las pensiones de minusvalía de sus familiares.

El 18 de noviembre de 2010 se ordenó el desahucio de la familia, incluidos los dos niños de 9 y 8 años, del caserío de Astigarraga en el que estaban residiendo, «debido a la ejecución judicial de las deudas» contraídas, si bien finalmente el lanzamiento no pudo «llevarse a efecto» porque en la vivienda también residían otros dos familiares con derecho a habitación en el domicilio y «discapacidad intelectual».

El texto judicial añade que desde aquel momento, los damnificados subsistieron «gracias a las prestaciones públicas y ayudas sociales, sin que recuperaran nada del patrimonio enajenado a consecuencia de la acción de la acusada.


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